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Sillas de ruedas y medios auxiliares de movilidad

Los pasajeros con movilidad reducida podrán transportar dos equipos de movilidad (sillas de ruedas, andadores u otros aparatos ortopédicos) sin cargo adicional.

  • Si las sillas eléctricas se accionan por baterías secas, los bornes deberán estar aislados, y el acumulador desconectado y sujeto a la silla. Si se accionan por baterías húmedas, deberán poder cargarse, estibarse, afianzarse y descargarse siempre en posición vertical, con el acumulador desconectado y afianzando a la silla, y con los bornes aislados.

  • Las sillas de ruedas accionadas mecánicamente se considerarán artículos personales del pasajero, y no estarán sujetas a cargos de exceso de equipaje.

A través de nuestro formulario podrás recibir toda la información sobre los servicios especial que necesites.
Para poder garantizarte que todo esté dispuesto a tu llegada, te recomendamos que solicites la asistencia especial al menos 48 horas antes de la salida de tu vuelo.

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